viernes, 6 de diciembre de 2019

Contratos indefinidos y temporales

Contratos de trabajos indefinidos y temporales


¿Que es un contrato?

Un contrato es un acuerdo legal, oral o escrito, manifestado en común entre dos o más personas con capacidad jurídica que se comprometen a respetar y cumplir una serie de condiciones.




Contratos de trabajos indefinidos

El contrato indefinido es aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato. El contrato de trabajo indefinido podrá ser verbal o escrito y podrá celebrarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.


Clausulas especificas

Los contratos indefinidos pueden en algunos casos ser beneficiarios de incentivos a la contratación, cuando se cumplan los requisitos que en cada caso se exijan por la normativa de aplicación, dependiendo de las características de la empresa, del trabajador y, en su caso, de la jornada.


Características del contrato de trabajo indefinido


  • Requisitos: No existen requisitos específicos para la empresa ni para el trabajador.

  • Formalización y plazos: El contrato de trabajo podrá ser verbal o escrito. Se comunicará al Servicio Público de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su concertación.  

  • Periodo de prueba: La duración máxima del periodo de prueba debe estar establecida en los Convenios Colectivos. Si no está regulado en el Convenio Colectivo, el periodo de prueba no podrá durar más de seis meses para los técnicos titulados ni más de dos meses para los demás trabajadores. Este plazo puede llegar hasta los tres meses en las empresas de menos de 25 empleados.

  • Duración del contrato: El contrato será por tiempo indefinido.

  • Extinción del contrato: Si la duración del contrato es superior al año, la parte que desee extinguirlo, deberá notificarlo a la otra parte con una antelación mínima de 15 días. Atendiendo a la causa de la extinción del contrato el trabajador tendrá derecho o no a indemnización.

  • Retribución: Se aplicará lo que pacten al respecto las partes o lo que disponga el convenio colectivo.

  • Cotización: Existen incentivos que consisten en bonificaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes en los casos en los que el trabajador contratado pertenezca a alguno de los colectivos protegidos. En caso contrario, se aplicarán las normas generales.




Contratos de trabajos temporales

Como su nombre indica, el contrato temporal es aquel contrato laboral que establece que la relación entre trabajador y empresa tiene una duración determinada y ambos deben conocer la fecha de finalización antes de la forma del documento.
Existen varios tipos y cada uno ha de usarse dependiendo de las circunstancias que llevan a la empresa a contratar al nuevo empleado.



Tipos de contrato

  • Por obra o servicio 
Se establecen cuando la empresa contrata al empleado para completar una obra o servicio. Esta no debe superar los 3 años , si lo hace se entenderá que el trabajador ha pasado a un contrato indefinido. La jornada laboral del trabajador contratado puede ser completa o parcial

  •   Eventual por circunstancias de la producción 
Parecido al anterior, este contrato se firma cuando la empresa ha de cubrir un aumento importante de trabajo de forma puntual como acumulación de tareas o exceso de pedidos. Ya que se trata de un pico de trabajo puntual, el contrato no puede ser superior a los 6 meses en un periodo de 12 meses desde la primera contratación. En este caso, igual que el anterior, el empleado puede trabajar a jornada completa o parcial.

  • Interinidad
Este tipo de contrato surge cuando ha de sustituirse a un trabajador que tiene derecho a reserva de su puesto de trabajo. En este caso, la duración del contrato vendrá condicionada por la fecha en que se reincorpore la persona a la que se sustituye, que deberá venir especificada en el documento y por qué. Dentro del contrato de interinidad podemos encontrar contratos específicos según la situación de la persona que se esté sustituyendo, como si se encuentra de baja por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, si ha pedido una excedencia por cuidado de familiares, si ha sido víctima de violencia de género o se trataba de un empelado con discapacidad. En este tipo de contrato el trabajador siempre deberá tener jornada completa excepto si la persona a la que sustituye ya estaba a tiempo parcial o el nuevo empleado cubra las horas resultantes de la reducción de jornada.


  • Además, también existen tipos de contratos temporales muy específicos como el de primer empleo joven o para trabajadores en situación de exclusión social.

Información básica en un contrato temporal


  • Los datos de la empresa y del empleado.
  • De qué tipo de contrato se trata.
  • Lugar de empleo.
  • Fecha de inicio del contrato.
  • Fecha de finalización del contrato (será una fecha orientativa, ya que en casos como los contratos por obra y servicio no se puede saber una fecha exacta).
  • Categoría profesional a la que pertenece el empleado y las funciones que va a realizar en su puesto.
  • Periodo de prueba.
  • Causa que justifica la temporalidad del contrato.
  • Horario laboral y distribución de la jornada. También debe incluir la duración de las vacaciones.
  • Remuneración y salario que el empleado va a recibir. También deben especificarse el número de pagas anuales.
  • Convenio colectivo que se aplica al trabajador.




Gracias por leer mi trabajo espero que os haya gustado

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